
Como resultado de la acción de la Comisión Europea contra las estructuras simplificadas del IVA en el alquiler de barcos a corto plazo adoptados por países como Italia, Francia, Malta y Chipre, las cartas mediterráneas de este año enfrentarán algunos cambios radicales en el IVA.
Carlo Benveduti, experto en la industria de yates de origen italiano y director financiero de la plataforma de alquiler de yates de lujo en línea YOTHA, resume la legislación pasada y lo que está por venir.
Hasta finales de 2019, tanto Italia como Francia formaron su propia interpretación de los principios generales expresados en los artículos 56 y 59a de la Directiva del IVA de la UE 2006/112 / CE.
A pesar de que cada uno de ellos aplicó diferentes criterios para definir las tarifas, las dos áreas más relevantes de alquiler de yates en West Med han estado adoptando una base imponible reducida de la suma global del IVA en los contratos de alquiler.
Si bien Francia aplicó una reducción del 50% de la base imponible del contrato de fletamento simplemente navegando en aguas internacionales, Italia adoptó un enfoque más complicado.
De acuerdo con las disposiciones de la letra e) del artículo 7, una cuarta parte de los servicios a corto plazo del DPR 633/72, como los alquileres de yates, generalmente se consideran realizados en Italia, a menos que el uso efectivo tenga lugar fuera de la Comunidad de la UE (es decir, aguas internacionales). A lo largo de los años, dada la complejidad de determinar el área efectiva de uso, las autoridades fiscales italianas introdujeron criterios presuntivos de suma global (circulares 76/2001 y 49/2002) basados en el tipo y el tamaño del barco fletado. Entonces, por ejemplo, el contrato de alquiler de un yate a motor de más de 24 metros estaba sujeto a una tasa del 30% del IVA estándar (es decir, 6.6%).
Los tiempos han cambiado desde entonces. En un esfuerzo por armonizar las leyes fiscales en toda Europa, la Comisión Europea tiene como objetivo abolir las leyes de IVA actualmente implementadas en Italia, Francia, Malta y Chipre, y en su lugar aplicar los criterios generales contenidos en los artículos 56 y 59a de la Directiva de IVA de la UE 2006/112 / CE. Como resultado inmediato, tanto Francia como Italia han introducido leyes nacionales que reinterpretan la solicitud anterior de IVA.
El 29 de enero de 2020, las autoridades fiscales francesas publicaron un Boletín Oficial de Impuestos (BOFIP BOI-TVA-CHAMP-20-50-30-20200129) con nuevas normas que afectan los contratos de fletamento firmados después del 30 de marzo de 2020. Ya no habrá una suma global reducción, sino más bien el IVA cargado a la tasa completa del 20% mientras el yate navega en aguas de la UE, y no hay IVA en aguas internacionales o fuera de la UE. En otras palabras, la nueva norma se basará en el tiempo y no en la distancia, y el tiempo que pase en aguas de la UE estará totalmente sujeto al IVA. Tal como está ahora, a menos que se divulgue información adicional, la evidencia del tiempo que se pasa fuera de las aguas de la UE debe recuperarse de los registros de datos del sistema de identificación automática (AIS) o de cualquier sistema de navegación basado en GPS equivalente a bordo.
Mientras tanto, en Italia, se introdujo un enfoque similar siguiendo la ley n. 160/2019, que se hizo cumplir en diciembre de 2019, que exige que la tasa de IVA italiana del 22% se aplique a todas las cartas italianas a partir del 1 de abril de 2020.
«Una de las diferencias más significativas con el enfoque francés es que la nueva regulación del IVA en Italia será aplicable a todos los contratos de fletamento, incluso aquellos con firma y pagos de primera cuota con fecha anterior al 1 de abril», explica Carlo Benveduti de YOTHA.
«Además, las nuevas directrices italianas para el cálculo del uso libre de IVA que aclaran si se referirá al tiempo o la distancia en aguas internacionales, solo serán emitidas por la Oficina Tributaria italiana el 29 de febrero de 2020. Cómo afectará todo esto a la El mercado chárter mediterráneo para la próxima temporada aún está por verse. Dicho esto, Baleares, donde el IVA nunca se ha reducido, ha mantenido su atractivo como destino de charter a pesar de esto ”.
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